
Con fecha de hoy, 28 de noviembre de 2.014, se ha publicado en el B.O.E. la ley 26/2014 que contiene las novedades en el Impuesto sobre la Renta para el año 2.015.
Entre las novedades más destacadas reseñaremos las siguientes:
Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas
Entre las novedades de este impuesto, contamos con unas medidas que reducen la carga impositiva y otras que eliminan determinados incentivos fiscales que suponían una reducción significativa de la base imponible del impuesto.
Destacar la reducción de los tramos de renta ( de 7 a 5 ) y los tipos marginales aplicables a los mismos. Hasta 12.450 euros el tipo pasa a ser del 20% ( antes el 25% ), entre 12.450 y 20.200 euros el tipo será del 25%, entre 20.200 y 35.200 euros el tipo a aplicar es el 31% ( antes era del 30% desde los 12.450 hasta los 33.007 euros ), entre 35.200 y 60.000 euros el gravamen de la base imponible será del 39% y para bases imponibles superiores a los 60.000 euros el tipo máximo de gravamen será del 47%.
Los contribuyentes con cargas familiares disfrutarán de mayores beneficios fiscales por hijos y descendientes al aumentarse los importes de las deducciones personales y familiares. También se aprueban nuevas deducciones en la cuota diferencial, así los contribuyentes que trabajen fuera del hogar y tengan ascendientes o descendientes con discapacidad a su cargo, o formen parte de una familia numerosa, podrán practicar una deducción en la cuota diferencial de hasta 1.200 euros anuales por cada una de dichas situaciones, deducción que además es perfectamente compatible con la actual deducción por maternidad.
En cuanto a las rentas del ahorro, se disminuyen los tipos aplicables a cada uno de los tramos y se crea el llamado Plan de Ahorro a Largo Plazo cuya especialidad radica en la exención de las rentas generadas por la cuenta de depósito o el seguro de vida siempre que se aporten cantidades inferiores a 5.000 euros anuales durante un plazo de al menos cinco años.
Se han suprimido la exención aplicable a los perceptores de dividendos, los denominados coeficientes de abatimiento existentes a través de una sucesión de regímenes transitorios desde el año 1996, los coeficientes de corrección monetaria aplicables exclusivamente a la tributación de bienes inmuebles y la compensación fiscal aplicable únicamente a los perceptores de determinados rendimientos del capital mobiliario.
El texto íntegro puede consultarse en: Ley 26-2014 I.R.P.F.