Como cada año, se acerca la fecha en la que la mayoría estamos obligados a presentar la Declaración de la Renta ante la Agencia Tributaria. Este año 2023 debemos rendir cuentas de nuestros ingresos generados en el año 2022.
¿ Cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta en 2023 ?
Los plazos para cumplir con nuestros deberes en relación al IRPF del año 2022 son:
- 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022.
- 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio)
- 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
¿ Quiénes están obligados a hacer la Declaración de la Renta en 2023 ?
No están obligados a presentar declaración por la cuantía y naturaleza de las rentas obtenidas, los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes, siempre que no superen ninguno de los límites que en cada caso se señalan, en tributación individual o conjunta::
- Rendimientos del trabajo: el límite de ingresos íntegros del trabajo ( se incluyen las pensiones ) es de 22.000 euros anuales para los contribuyentes que tienen un solo pagador, pero se reduce a 14.000 euros anuales cuando hay más de un pagador. En este caso, la suma del segundo pagador y los siguientes pagadores no puede superar los 1.500 euros anuales.
- Rendimientos del capital mobiliario: son los ingresos que produce en dinero que tenemos, intereses de cuentas bancarias, depósitos, participaciones en fondos……para este tipo de rendimientos, el límite que se establece es de 1.600 euros anuales. El mismo límite se establece para las ganancias patrimoniales.
- Rentas inmobiliarias imputadas: en este caso el límite se establece en 1.000 euros anuales.
- Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: las personas titulares del ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas, para mantener la prestación del ingreso mínimo vital, a presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF, independientemente de los límites anteriores.
Novedades en el IRPF del año 2022
- Se minora el límite general de reducción aplicable en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
- Se prorrogan para el período impositivo 2022 los límites cuantitativos que delimitan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
Para consultas más concretas, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes un Manual práctico de Renta 2022
Como cada año, en Macías Torres Asesoría, nos ponemos a su disposición para que su campaña sea tranquila y no tenga sobresaltos con su declaración de la Renta. Pida cita en nuestro teléfono / whatsapp: 675 690 374